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RES. Nº 5476-22 – AYUDAS ECONÓMICAS PARA COLEGIADOS – MODIFÍCASE PARTE DEL ANEXO DE LA RES. Nº 4942-16




 Rosario,  19 de agosto de 2022

   RESOLUCIÓN  Nº  5476

VISTO:

Lo resuelto por el Consejo Asesor en su última reunión del año 2015 en orden a implementar un Sistema de Ayudas Económicas para profesionales matriculados,

CONSIDERANDO:

Que se genera la necesidad de afectar fondos del Colegio para tal fin y establecer las condiciones que regirán la implementación de tal decisión, básicamente en lo que a afectación de fondos, condiciones para solicitar las mismas y regímenes administrativos se refiere. Que la Mesa Directiva está facultada para realizar modificaciones relacionadas con las partidas y montos para la ayuda económica a afectar. Por lo anteriormente expuesto:

La Mesa Directiva del Colegio de Médicos Veterinarios

De la Provincia de Santa Fe Segunda Circunscripción

RESUELVE:

Art.1ª. Modificar el Anexo  I que forma parte de la RESOLUCIÓN  Nº 4942, quedando redactado de la siguiente manera:

1.- Características Generales:

Vigencia: desde el 01 de Setiembre de 2022.

Moneda: pesos.

Origen de los fondos: fondos propios del Colegio, no afectados a los fondos reservados. Con el recupero de las cobranzas se procederá a otorgar nuevas ayudas económicas.

Monto inicial a afectar: $ 2.000.000 (pesos dos millones)

Destino: solamente para fines profesionales (capacitación, equipamiento, refacciones, etc.).

Montos de las ayudas económicas: hasta $ 150.000 (pesos ciento cincuenta mil).

Cantidad de cuotas: hasta 12.

Sistema de Amortización: Francés.

Tasa de Interés: fija. Se tomará la tasa BADLAR más 2 puntos del día anterior al otorgamiento de la ayuda.

Gastos Administrativos: 3% sobre el monto solicitado. Monto a acreditar en la cuenta del colegiado en un 100% en caso de verificarse al vencimiento y cancelación de la última cuota de devolución de la ayuda, el pago en término de la totalidad de las cuotas cancelatorias y de colegiación durante toda la vigencia de la ayuda.

2.- Requisitos a cumplir por los Beneficiarios:

En esta etapa los beneficiarios serán únicamente colegiados con matrícula activa, que deberán:

– Acreditar un año o más de antigüedad en la matrícula.

– No registrar deudas con la Institución.

– Haber abonado en término las obligaciones para con el Colegio durante los 12 meses anteriores a la solicitud de la ayuda económica.

– No gozar de otro beneficio económico del Colegio.

– No poseer sanciones éticas vigentes.

3.- Requisitos a cumplir por los garantes:

– Deben cumplir los mismos requisitos que los beneficiarios.

Art. 2ª.2.- Publíquese, regístrese y archívese

 

 

 

Dra. Natalia E. Yaafar – Secretaria                                                                                   Dr. Héctor E. Camiletti – Presidente