Rosario, 19 de agosto de 2022
RESOLUCIÓN Nº 5476
VISTO:
Lo resuelto por el Consejo Asesor en su última reunión del año 2015 en orden a implementar un Sistema de Ayudas Económicas para profesionales matriculados,
CONSIDERANDO:
Que se genera la necesidad de afectar fondos del Colegio para tal fin y establecer las condiciones que regirán la implementación de tal decisión, básicamente en lo que a afectación de fondos, condiciones para solicitar las mismas y regímenes administrativos se refiere. Que la Mesa Directiva está facultada para realizar modificaciones relacionadas con las partidas y montos para la ayuda económica a afectar. Por lo anteriormente expuesto:
La Mesa Directiva del Colegio de Médicos Veterinarios
De la Provincia de Santa Fe Segunda Circunscripción
RESUELVE:
Art.1ª. Modificar el Anexo I que forma parte de la RESOLUCIÓN Nº 4942, quedando redactado de la siguiente manera:
1.- Características Generales:
Vigencia: desde el 01 de Setiembre de 2022.
Moneda: pesos.
Origen de los fondos: fondos propios del Colegio, no afectados a los fondos reservados. Con el recupero de las cobranzas se procederá a otorgar nuevas ayudas económicas.
Monto inicial a afectar: $ 2.000.000 (pesos dos millones)
Destino: solamente para fines profesionales (capacitación, equipamiento, refacciones, etc.).
Montos de las ayudas económicas: hasta $ 150.000 (pesos ciento cincuenta mil).
Cantidad de cuotas: hasta 12.
Sistema de Amortización: Francés.
Tasa de Interés: fija. Se tomará la tasa BADLAR más 2 puntos del día anterior al otorgamiento de la ayuda.
Gastos Administrativos: 3% sobre el monto solicitado. Monto a acreditar en la cuenta del colegiado en un 100% en caso de verificarse al vencimiento y cancelación de la última cuota de devolución de la ayuda, el pago en término de la totalidad de las cuotas cancelatorias y de colegiación durante toda la vigencia de la ayuda.
2.- Requisitos a cumplir por los Beneficiarios:
En esta etapa los beneficiarios serán únicamente colegiados con matrícula activa, que deberán:
– Acreditar un año o más de antigüedad en la matrícula.
– No registrar deudas con la Institución.
– Haber abonado en término las obligaciones para con el Colegio durante los 12 meses anteriores a la solicitud de la ayuda económica.
– No gozar de otro beneficio económico del Colegio.
– No poseer sanciones éticas vigentes.
3.- Requisitos a cumplir por los garantes:
– Deben cumplir los mismos requisitos que los beneficiarios.
Art. 2ª.2.- Publíquese, regístrese y archívese
Dra. Natalia E. Yaafar – Secretaria Dr. Héctor E. Camiletti – Presidente
