Recordamos el uso de la Receta Veterinaria Electrónica para productos que contengan FOSFOMICINA Y POLIMIXINA B y/o sus derivados
El Colegio de Médicos Veterinarios de la provincia de Santa Fe 2º Circunscripción (CMVSF2) y el Servicio de Sanidad Animal (Senasa) recuerdan que:
El/La Médico/a Veterinario/a que prescriba un Producto Veterinario Farmacológico, conforme al Artículo 6° de la Resolución Nº 80/2025, debe utilizar la “Receta Veterinaria Electrónica” creada para tal fin, por autogestión con clave fiscal en la Página Web Oficial del SENASA.
El mencionado Art. 6º consigna:
Receta Veterinaria Electrónica. Emisión.
Inciso a) El Veterinario o Médico Veterinario debe seleccionar uno de los siguientes tipos de “Receta Veterinaria Electrónica”:
Apartado I) Prescripción de Uso para Animales Productores de Alimentos: permite la compra de Productos Veterinarios Farmacológicos que contengan en su formulación derivados de fosfomicina (Ácido fosfórico) y polimixina B en establecimientos de expendio. Tendrá una vigencia de QUINCE (15) días calendario, a partir de la fecha de emisión. Respalda el tratamiento efectuado a los animales;
Apartado II) Prescripción para Animales de Compañía: permite la compra de Productos Veterinarios Farmacológicos en establecimientos de expendio. Tendrá una vigencia de QUINCE (15) días calendario, a partir de la fecha de emisión. Respalda el tratamiento efectuado a perros, gatos y otros animales de compañía.
Inciso b) El profesional Veterinario debe completar los datos del formulario referidos a identificar, según corresponda de acuerdo con el tipo de receta previamente seleccionado: el número de RENSPA, la especie, la categoría, el número aproximado de animales, el/los Producto/s Veterinario/s y su presentación, seleccionando del vademécum electrónico la cantidad a prescribir, la dosis, la frecuencia horaria, la duración del tratamiento, el modo
de empleo y el período de retiro del producto; asimismo, la Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), el correo electrónico, la matrícula y el nombre del colegio veterinario del profesional prescriptor.
Inciso c) La prescripción emitida será enviada al correo electrónico del Veterinario o Médico Veterinario prescriptor y también puede ser descargada desde el sistema provisto por SENASA a tales efectos.
- Para acceder al texto completo de la Resolución, hacer click AQUÍ
- Compartimos además el instructivo para la receta veterinaria electrónica y el formulario de la Declaración Jurada, para descargarlo, click AQUÍ
- Y el formulario de “Declaración jurada conocimiento de vigencia de restricciones de uso de productos veterinarios farmacológicos que contengan Fosfomicina (Ácido Fosfórico) y Polimixina b”

