Las y los veterinarios de Santa Fe contamos con respaldo legal en caso de sufrir agresiones verbales o físicas

El Colegio de Médicos/as Veterinarios/as de la provincia de Santa Fe celebra la sanción de la Ley 14.456 que modifica el Código de Faltas y crea penas más severas para quienes cometan agresiones verbales o físicas dentro de un establecimiento de salud animal público o privado, a una persona trabajadora de la salud animal.

La normativa fue promulgada recientemente por el Poder Ejecutivo provincial y viene a dar respaldo a nuestros/as colegiados/as, quienes en reiteradas oportunidades, y de manera cada vez más frecuente, han sido víctimas de este tipo de actitudes, principalmente, de parte de tenedores de animales de compañía.

Ahora, quien cometa alguna de esas faltas será reprimido con arresto de 1 a 5 días o multas considerables.

Obviamente, por los delitos contemplados en el Código Penal, las consecuencias para el agresor siguen en un rango mayor. Aquí, en cambio, se avanza sobre situaciones violentas que se repiten en los ámbitos donde se atiende la salud animal.

Nuestro Colegio (1º y 2º Circunscripción)  se viene ocupando de este fenómeno  no sólo ofreciendo asesoramiento legal para formular denuncias y procedimientos para actuar de inmediato ante situaciones de difamación, calumnias, daños a la propiedad o agresiones en consultorios veterinarios, sino también trabajando en herramientas para preservar la salud mental de las y los profesionales.

Qué dice el texto de la Ley

La modificación del Código de Faltas incorpora ese texto citado al Libro III, Título VI «Contra la seguridad de integridad personal», en el Capítulo II «Contra la integridad personal» de la Ley 10703 – Código de Faltas de la Provincia de Santa Fe, en su artículo 115 Quater que queda redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 115 Quater. – Agresión física o verbal a trabajadores de la Salud Animal. El que agrediere verbal o físicamente, dentro de un establecimiento de salud animal público o privado, a una persona trabajadora de la salud animal, sea o no profesional de ciencias veterinarias, será reprimido con arresto de uno (1) a cinco (5) días o multa de uno (1) a veinte (20) Jus, siempre que el hecho no constituyera delito.”

La norma por otra parte, ordena al Ejecutivo implementar campañas de sensibilización y concientización sobre esas conductas y sus daños.

El nuevo texto del Código de Faltas procura dar a los equipos de salud animal la misma protección de que ya gozan los trabajadores de la salud, que con frecuencia enfrentan situaciones violentas similares.

Cabe destacar que el proyecto de Ley fue presentado por el diputado provincial Germán Scavuzzo, a instancias de un trabajo conjunto de las Mesas Directivas y asesores letrados del CMVSF (ambas circunscripciones), y aprobado sin modificaciones por la Legislatura provincial.